Subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Os informamos de unas ayudas para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
¿Para qué es la ayuda?
Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales aragonesas, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios, así como apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.
¿Quién puede pedirla?
Cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para las siguientes actuaciones:
a) Incorporación de socios trabajadores a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales. b) Adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora del empleo y de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
c) Prestación de asistencia técnica.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 06/04/2023 hasta el 30/10/2023
Líneas
a) Subvenciones por incorporación de socios trabajadores
b) Subvención financiera
c) Subvención directa para inversiones
d) Subvención de asistencia técnica por contratación de director o gerente
e) Subvención de asistencia técnica por contratación de estudios, informes o asesoramiento
¿En qué consiste la ayuda?
Ninguna empresa podrá recibir subvenciones que, en su conjunto, superen la cantidad de 100.000 euros, salvo supuestos excepcionales en los que el proyecto de creación de empleo se estime de interés para la economía aragonesa y así sea declarado por la persona titular del Departamento competente en materia de empleo.
¿Qué gastos o acciones me cubre?
a) Inmovilizado material, excepto la adquisición de terrenos y edificaciones:
– Reforma y arreglo de locales.
– Traspaso de negocios.
– Instalaciones.
– Mobiliario.
– Maquinaria y utillaje.
– Equipos informáticos y equipos de oficina.
– Elementos de transporte, exclusivamente vehículos industriales o comerciales.
– Honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.
– Gastos de primer establecimiento, tales como gastos de notario y registro, altas, honorarios profesionales, publicidad y propaganda, tasas y licencias municipales.
– Otras inversiones en activos fijos materiales.
b) Inmovilizado inmaterial: aplicaciones informáticas, propiedad industrial, propiedad intelectual, cánones de entrada de concesiones administrativas o de franquicias. En los casos de traspaso de negocio se podrá incluir la cesión de negocio, el fondo de comercio y la cartera de clientes.
Algo más que debes saber…
Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se efectúen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre los días 1 de octubre de 2022 y 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive
En Fyra Consultores, estamos a tu disposición para que puedas consultar dudas sobre la ayuda.
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