Subvenciones para el programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, AVALEM JOVES 2023.
¿Para qué es la ayuda?
Fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes cualificadas, que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede pedirla?
Entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 22/02/2023 hasta el 31/05/2023
¿En qué consiste la ayuda?
El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90 % del SMI (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona joven por el número mínimo de meses de mantenimiento del contrato.
Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el porcentaje anterior se elevará al 95 %.
¿Qué gastos o acciones me cubre?
Gastos derivados de la contratación.
La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de una baja voluntaria.
En todo caso deberá existir una correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo desempeñado y solicitar la subvención en el plazo máximo de dos meses desde la contratación de la persona
Algo más que debes saber…
Personas destinatarias: s jóvenes mayores de 16 años que, contando con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica. b) Grado universitario. c) Estudios de Postgrado universitario. d) Doctorado. e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica. f) Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores, sin que tengan tal consideración los títulos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato ni Formación Profesional Básica. g) Certificado de profesionalidad.
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