Os informamos de unas ayudas para la competitividad de las PYMEs de actividad industrial en sectores textil-confección y calzado, año 2023.
¿Para qué es la ayuda?
Fomentar la inversión I+D+i en el tejido productivo de Aragón.
¿Quién puede pedirla?
Las PYMEs del sector textil-confección o del sector del calzado, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas o tener su domicilio social en Aragón, estar validamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como desarrollar su actividad industrial en los sectores del textil-confección y/o del calzado.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 12/05/2023 hasta el 11/06/2023.
Líneas
1. Ayudas regionales a la inversión.
2. Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental. 3. Ayudas a la innovación.
4. Ayudas para servicios de consultoría técnica.
¿En qué consiste la ayuda?
Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 1.000 euros.
La intensidad bruta de las ayudas, expresada en porcentaje de los gastos subvencionables, y las cuantías máximas que se podrán conceder serán las siguientes:
¿Qué gastos o acciones me cubre?
1- Ayudas regionales a la inversión.
– Una inversión en activos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, para la ampliación o modernización de un establecimiento existente, para la diversificación de la producción o para un cambio en el proceso general de producción.
2. Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:
– Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
– Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
3. Ayudas a la innovación:
– Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
4. Ayudas para servicios de consultoría técnica:
– Podrán ser objeto de ayuda los costes de servicios de consultorías de carácter técnico contratados. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
Algo más que debes saber…
El período para realizar las actuaciones objeto de las ayudas comienza el 1 de octubre de 2022 y se extiende hasta el 30 de septiembre de 2023, ambas fechas inclusive.
En Fyra Consultores, estamos a tu disposición para que puedas consultar dudas sobre la ayuda.
Contáctanos. ¡Te informaremos de todo!