Os informamos de unas subvenciones del programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo, año 2023.
¿Para qué es la ayuda?
Apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma Aragón. Para ello buscan: fomentar el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas; favorecer el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica; y promover el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.
¿Quién puede pedirla?
Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón:
a) Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
b) Que se incorporen al negocio familiar como autónomos colaboradores.
c) Que alcancen el primer año de actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia y hayan sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como trabajador autónomo o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
d) Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
e) Que contrate al primer trabajador por cuenta ajena.
f) Que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y soliciten y obtengan un préstamo a título individual.
Plazos que existen para la solicitud
La convocatoria estará disponible hasta el 30/10/2023.
Líneas
a) Subvención al establecimiento como trabajador autónomo, destinada a promocionar el empleo por cuenta propia de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
b) Subvención para el fomento del relevo generacional, destinada a facilitar la continuidad del negocio más allá de la vida laboral de su promotor.
c) Incentivo a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad por cuenta propia.
d) Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autónomos colaboradores.
e) Subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo, para favorecer el crecimiento de su proyecto de autoempleo.
f) Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad.
¿En qué consiste la ayuda?
La cuantificación de las subvenciones que correspondan se determinará conforme a lo establecido en los artículos 10, 15, 17, 21, 24 y 27 de la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero.
¿Qué gastos o acciones me cubre?
Los supuestos subvencionables ocurrido entre los días 1 de octubre de 2022 y 30 de septiembre de 2023.
En Fyra Consultores, estamos a tu disposición para que puedas consultar dudas sobre la ayuda.
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